El
presidente de la Liga de Béisbol Profesional de la República Dominicana, doctor
Leonardo Matos Berrido, amparado en el Artículo 27 de los Estatutos y el
Párrafo del Artículo 1ro., del Reglamento, emitió en el día de ayer una
resolución disponiendo que a partir de la fecha la entidad manejará
directamente la franquicia del equipo Gigantes del Cibao hasta tanto esta
supere la situación que motiva su decisión.
Ante
los rumores de una supuesta difícil situación económica de la empresa
concesionaria de dicha franquicia el doctor Matos Berrido ha requerido sin
éxito alguno la lista actual de accionistas de la compañía y la composición de
su directiva, así como los estados financieros del último ejercicio y las
proyecciones para el Campeonato que habrá de iniciarse en octubre próximo.
“Es
responsabilidad de la Liga que sus franquicias operen con la transparencia
indispensable para concitar el apoyo de las comunidades en que se desenvuelven,
con el propósito esencial de llevar al pueblo dominicano sano entretenimiento y
buenos ejemplos a su juventud y para continuar ofreciendo al pelotero
dominicano los medios para su desarrollo personal y profesional que le han permitido
poner en alto el nombre de la República Dominicana en los más importantes
escenarios deportivos internacionales”, resalta uno de los considerando de la
resolución.
En
otra parte estipula que “para cumplir con esa responsabilidad resulta
indispensable conocer la situación financiera en la cual se desenvuelve
actualmente la referida entidad operadora, así como la nómina de sus
accionistas y directivos, para estar en condiciones de adoptar medidas para
lograr definitivamente su bienestar y estabilidad”.
La
entidad que preside el doctor Matos Berrido no ha dado importancia a los
constantes rumores sobre una posible venta de los Gigantes del Cibao porque los
Reglamentos establecen que las franquicias que operan sus equipos pertenecen
siempre a la Liga, la cual otorga el derecho a utilizarlas, y que toda
modificación en la composición accionaria de las personas jurídicas
usufructuarias de dichas franquicias, así como toda transferencia de acciones a
cualquier título y la inclusión de nuevos socios o accionistas, requieren la
previa autorización escrita de la Liga, sin la cual no será válida.
Medidas
similares han sido tomadas anteriormente en los casos de Aguilas Cibaeñas y
Estrellas Orientales, las cuales han derivado en resultados magníficos
manteniéndose dichas franquicias en sus respectivas localidades y aumentando
considerablemente el valor comercial de las mismas.
La
decisión del doctor Matos Berrido en torno a los Gigantes del Cibao no abre
probabilidad alguna a los rumores de que los Gigantes del Cibao podrían ser
trasladados de la ciudad de San Francisco de Macorís, donde permanecerán con el
apoyo de su fanaticada y de gente que seguirá brindando su mayor esfuerzo en
beneficio de la franquicia.
La
Liga aprecia la valentía y dedicación del señor José -Quico- Duarte, quien
logró transmitir seguridad a la fanaticada del nordeste manteniendo la vigencia
del equipo, algo que de seguro continuará ya que articuló acciones tendentes a
una mayor integración de los diferentes sectores que gravitan en el desarrollo
de la zona.
El
dispositivo de la resolución emanada del Presidente de la Liga, asistido por el
secretario, doctor José Enrique Hernández Machado, dispone en el inciso primero
“que la Liga de Béisbol Profesional de la República Dominicana, Inc., maneje
directamente la franquicia del equipo Gigantes del Cibao hasta la completa
superación de la situación que motiva esta decisión, a partir de esta misma
fecha”. Agrega en el inciso dos que “Nordeste Béisbol Club, S.A., cumplirá las
obligaciones que le impone el Párrafo del Artículo 1ro., del Reglamento
vigente, entregando a la Liga los fondos necesarios en el momento en que le
sean requeridos”.
Las
decisiones del Presidente de la Liga en esta materia son concluyentes,
definitivas y de ejecución inmediata, y no serán susceptibles de recurso
alguno, y su desconocimiento, incumplimiento o violación será sancionado de
acuerdo a lo establecido en el reglamento.
lidom.com
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